"TITULARES Y AUTORES EN LUCHA"
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POR LA DEFENSA DE LOS AUTORES INDEFENSOS
"TITULARES Y AUTORES EN LUCHA"
 
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"TITULARES Y AUTORES EN LUCHA POR SUS DERECHOS"


COMUNICADO EN DEFENSA DE DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Y DE LOS DE AUTOR.





COMUNICADO A: ASOCIACIONES, COLEGIADOS, SOCIOS Y PROPIETARIOS EXPLOTADORES DE DOMINIOS DE INTERNET, INTRANET EXTRANET Y DE TELECOMUNICACIONES Y DIGITALIZACIÓN DE INFORMES GENERALES Y DE TARJETAS CON CHIPS INCORPORADOS E INSERTADOS CON VALORES AÑADIDOS DE INFORMES MÉDICOS, CITAS MÉDICAS, JURÍDICAS, MÓVILES Y FIJAS, FABRICANTES DE TELEFONOS FIJOS Y MÓVILES, INMOBILIARIOS, FUNERARIOS, FABRICANTES DE MÁQUINAS DE TABACO, WEB MASTER, CREADORES DE SOFTWARE, HARDWARE, EMPRESARIOS, PROPIETARIOS BANQUEROS, PRESIDENTES Y CONSEJEROS DE BANCOS Y CAJAS DE AHORROS ESPAÑOLES Y EUROPEOS Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y ACUANTOS EN GENERAL, AFECTAN OBRAS PROTEGIDAS POR LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL. SOBRE VALORES AÑADIDOS PREVISTOS.







José Manuel Dux-Santoy Mesa

TITULAR Y AUTOR DE OBRAS PROTEGIDAS

DNI: 36497544-V

Avda. de Vilella nº 33.-3º.-6ª

46410 Sueca Valencia España

EUROPA

TEL: 657331770 y 666101072

E-mail: dux-santoy@ono.com

http://www.paellalandia.com



ADVERTENCIAS Y PROPUESTAS

A/A:

PRESIDENTES

Y

Para conocimiento de los operadores europeos de móviles que estudian crear un software universal.
Siendo los mismos, Deustche, Orange Telefónica, Telecom, TIM y Vodafone, los susodichos cinco grandes de los móviles europeos, exploran en búsquedas de formulas que incrementen sus poderes absolutos monopolistas y oligopolistas, vulneradores de filosofías previstas e inscritas en Registros de Propiedad Intelectual, prepotentes usurpadores y traficantes copiadores a los que se les facilitan opciones oro en detrimento de derechos de administrados, los que, como yo, José Manuel Dux-Santoy Mesa, obstaculizado en opciones de accesos a capitales y subvenciones de forma que, no pueda realizar las contrataciones de expertos en las materias de telecomunicaciones, Internet, telefonía fija y móvil que de culminación exitosa desde la supervisión de la autoría prevista en las distintas obras a efectos de explotaciónes exclusivas de los novedosos valores añadidos previstos en la filosofía de las obras que me son propias, filosofías que detallan tales efectos de digitalización de informes generales y de transferencia para compra cobro pago a través de Internet, telecomunicaciones de telefonía fija y móvil, PDA o otros artilugios que en definitiva promueven digna aplicación de la sociedad de la información.

Por todo ello, y como bien se han dado en comunicar mediante los entes de los que gozan a su disposición, sus fuentes cercanas al proyecto, señalan que se ha creado un grupo de trabajo formado por expertos de los diferentes operadores con el cometido de especificar los requerimientos que debería incluir el sistema operativo para satisfacer las necesidades de los operadores.

También como al igual se esta procurando crear un sistema operativo que haga el sierre concluso de un sistema operativo que anide a todos los operadores, estando previsto su centro de operaciones de esta empresa con sede en Massachussets (Estados Unidos), el que dice contar con Vodafone y Orange y de otros tres grupos de capital riesgo, según publicación realizada por Expansión Directo.

Un plan ambicioso de cómo según dicen de largo plazo, dado que su objetivo es lograr que el software de los teléfonos mejore sustancialmente sus niveles de seguridad, desde la integridad de los datos, los derechos de los proveedores de contenidos, y la protección antivirus.

Considerando que, dicha iniciativa de los operadores, estudia usar un desarrollo de sistema operativo creado por la empresa Savaje Technologies, basado en el lenguaje Java.

Circunstancia estas, que, si de proceder en el desarrollo del mismo afectando las diversas obras que conjuntamente tienen previsto desarrollar a efectos de sus aplicaciones a través de las tecnologías móviles, tras mascaras de marcas y protocolos, bien java, wap, mensajeria sms, mms, o la otra gran iniciativa divulgada sobre el mundo de los móviles, la que está protagonizada por Microsoft, que quiere llevar al prometedor mercado de la industria celular su abrumador dominio del software en el segmento de los PC.

Todos y cuantos referidos anteriormente, como Microsoft, Flextronics, Peabody Palm, HTC en Taiwán, navegador WAP y otros aspirantes en el futuro que se aplique y sea posterior al registro de mis obras y afecten a las mismas, deberán de personarse en su día ante los Tribunales competentes, bien por vías civiles, penales o mercantiles, por delitos contra la Propiedad Intelectual e Industrial.



VISA ESPAÑA, EUROPA E INTERNATIONAL


Para conocimiento Social y d...


Ministerio de Ciencia y Tecnología

Servicio de Defensa de la Competencias


Oficina Española de Patentes y Marcas

POR CONCEDER PATENTES A EMPRESAS DE GRANDES CAPITALES COMO TELEFONICA DE ESPAÑA, BBVA MOVILPAGO, PAGOMOVIL, MOBIPAY, Y OTROS QUE PRESENTAN INNOVACIONES DE NOVEDAD INVENTIVA, YA PREVISTA EN OBRAS PROTEGIDAS POR LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL. © 1997,1998,1999,2000,2001 TITULAR Y AUTOR DUX-SANTOY

Secretaría de Estado de Telecomunicaciones


Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información,



Como responsables subsidiarios

Por permitir la Vulneración de las Leyes de Propiedad Intelectual e Industrial del conjunto de participantes siguiente y otros que aún no estando referenciados en el presente comunicado de reserva de acciones a los comunicados o los que, serán notificados todos y cuantos afecten a derechos previstos en obras inscritas con filosofía prevista de valores añadidos, los que tras permisividad política y bajo un entramado estado de abuso de poder implicatorio el que atenta a Leyes de Propiedad Intelectual y Ley Hipotecaria de Propiedad Intelectual, según art. 53.1 TRLP. Que prevé que, los derechos de explotación de las obras protegidas en esta Ley podrán ser objeto de hipoteca con arreglo a la legislación vigente.

Por lo que, el permitir la trasgresión de las Leyes de Propiedad Intelectual e Industrial y de Leyes Hipotecarias de Propiedad Intelectual previstas para las personas, sociedades o entidades que gozan de derechos de explotación, para puesta en manos de Bancos y Cajas, así como de empresa afines al estado monopolista bajo un estado abusivo de reglamentos y normas que convierten en Leyes para puesta en manos de empresas testaferros del sistema apropiador como son los que a continuación se exponen y de lo que me reitero y ratifico en el contenido escrito de DENUNCIA.

DENUNCIA CONTRA



AEB. ASOSIACIÓN ESPAÑOLA DE BANCA y CECA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS Y OTROS RAMOS FINANCIEROS COMPROMETIDOS EN LA EXPLOTACIÓN DE DERECHOS QUE NO LES SON PROPIOS SOBRE VALORES AÑADIDOS, SIENDO SUS PRINCIPALES RESPONSABLES BBVA, ESPAÑA E INTERNATIONAL, BSCH ESPAÑA E INTERNATIONAL, CAJA MADRID, L´CAIXA Y TODOS CUANTOS OPERAN A TRAVÉS DE TELEFONIA FIJA O MÓVIL, MEDIANTE ACCESOS INTERNET Y TELEFONIAS FIJAS Y MÓVILES DE LA COMUNICACIÓN VINCULADOS, DEUTCHEBAKN SOCIO DE PAYBOX ESPAÑA E INTERNATIONAL, FABRICANTES DE TARJETAS Y CHIP, LOS QUE TRAS SUS PROCESOS DE COMPACTO E INSERCIÓN DE VALORES AÑADIDOS SOMETEN DICHAS TARJETAS A INSERCIONES DE VALORES AÑADIDOS PREVISTOS EN MIS OBRAS PROTEGIDAS, FABRICANTES DE TELEFONOS FIJOS Y MÓVILES, LOS QUE EN SU CONJUNTO CON CREADORES DEL SOFTWARE, ADAPTAN SITEMAS PREVISTOS DE DIGITALIZACIÓN DE INFORMES GENERALES, CITAS MÉDICAS, JURIDICAS, INMOBILIARIAS, COMPRA COBRO PAGO, A TRAVÉS DE LAS TELECOMUNICACIONES FIJAS Y MÓVILES Y QUE FABRICANTES COMO ALCATEL, NOKIA, SAMSUNG, MOTOROLA, SONY, ERICSSON Y OTROS QUE SE ESTAN SUBIENDO AL TREN DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS Y QUE OPERADORES DE ESPAÑA E INTERNATIONAL, COMO TELEFONICA DE ESPAÑA E INTERNACIONAL, VODAFONE, ESPAÑA E INTERNATIONAL, AMENA ESPAÑA E INTERNATIONAL, XFERA, ESPAÑA E INTERNATIONAL, MOVISTAR, MOBIPAY MOVILPAGO ESPAÑA E INTERNATIONAL.


Siendo cómplices, los que, permiten la trasgresión de las Leyes de Propiedad Intelectual e Industrial y de Leyes Hipotecarias de Propiedad Intelectual previstas para las personas, sociedades o entidades que gozan de derechos de explotación, no, para puesta en manos de Bancos y Cajas y de empresas afines al estado monopolista bajo un estado abusivo de reglamentos y normas que convierten en Leyes, para puesta en manos de empresas testaferros del sistema apropiador.
Por lo que cualquier actividad que infrinja o haga uso no apropiado de los derechos de propiedad intelectual de un tercero, con derechos protegidos © copyright, marcas registradas, secretos comerciales, piratería de software, patentes, etc deberán de responder ante los Tribunales.



Muy Sres. míos



Sres.


Podríamos haber sido en el pasado dignos colaboradores para un bien presente y digno Futuro, para explotación de de valores añadidos previstos en obras protegidas por Leyes de Propiedad Intelectual.

NOTIFICACIÓN DE RESERVA DE ACCIONES LEGALES EN RECLAMADOS DERECHOS DE TITULARIDAD Y DE LOS DE AUTOR.



Por lo que, brindo la oportunidad de regularizarse, a cuantos explotan ilegalmente valores añadidos tras publicaciones para captación de clientes, a los efectos de alquiler compra ventas de inmuebles a través de Internet, móvil, TV maquinas expendedoras con restringidos accesos menores de edad, de telecomunicaciones móviles, bien a través de telefonía móvil PDA, mediante mensajes y correo electrónico, afectando con ello derechos previstos en obras protegidas, de esta forma pudieran ser tan digna y favorablemente para ustedes como para mí, ya que boy a emprender acciones de reservas legales en reclamados derechos de titularidad de los derechos de explotación y de los de autor. y como prueba, le remito el comunicado que estoy haciendo llegar a todos cuantos implicados en la trama que afecta a derechos previstos en Leyes de Propiedad Intelectual.


Sres.


LOS CREADORES DE TARJETAS, AL INSERTAR VALORES AÑADIDOS PREVISTOS EN OBRAS PROTEGIDAS, DNI ELECTRÓNICOS, SOFTWARE, HARDWARE Y PAGINAS WEB QUE ESTAN SIENDO EXPLOTADAS VÍA INTERNET, INTRANET FRANQUICIAS, ASÍ COMO LOS QUE DAN SOPORTE Y PERCIVEN BENEFICIOS, Y OTROS DEBEN DE CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN DEL TITULAR DE DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Y DE LOS DE AUTOR, DE LO CONTRARIO ESTAN INCUMPLIENDO LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL.



ADVERTENCIA: A WEB MASTER CREADORES DE SOFTWARE, HARDWARE, WEB, PORTALES QUE USANDO SISTEMAS DE MENSAGERIA GENERAL A TRAVÉS DE LA TELEFONIA MÓVIL COMPRA, VENTA, ALQUILER A TRAVÉS DE INTERNET, PROVENIENTE DE LA TELEFONIA MOVIL, PDA. U OTRAS PREVISTAS EN OBRAS PROTEGIDAS POR LEYES, LOS QUE, DEBERAN OBTENER LAS AUTORIZACIONES POR ESCRITO, ASI COMO LAS LICENCIAS PERTINENTES DE LOS TITULARES DE DERECHOS ESTABLECIDOS EN LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL.



Sres. Ante todo debemos de tratar de no confundir la TITULARIDAD DEL DERECHO DE EXPLOTACION PROPIEDAD INTELECTUAL, CON EL DERECHO DE AUTOR.



El Autor tiene unos derechos inscritos y reconocidos, sobre la filosofía de sus obras, los que bajo ningún concepto pueden ser apropiados, por lo qué, a la hora de realizar un SOFTWARE, HARDWARE, PORTALES O PÁGINAS WEB, PLATAFORMAS, dar soporte, permitiendo la vulneración de las establecidas Leyes de Propiedad Intelectual, sin que para ello, halla solicitado licencia o otras certificaciones que justifiquen de por si las acciones emprendidas o ha emprender basados en derechos de explotación de forma que, no den a lugar a acciones Judiciales e investigaciones de oficio a propuesta del solicitante.



Por lo que, al hacer uso y publicación mediante el ente, soporte papel, dando destino y visión generalizada en cuales quiera de las formas a cualquier proyección, divulgación, o explotación de recibo y envió de mensajes generales digitalizados, citas o otros, indiscutiblemente deberá ser con la aprobación de autorización y licencia del que goza de tales derechos.



Por lo que esta parte considera, que para la realización de programas o otros, llámese software hardware, páginas web con resultados de explotación y de lucro, habrá de contar con el consentimiento escrito de dichos autores, de lo contrario se atentará a dichas obras protegidas, y si en verdad se desea implantar el software, hardware o páginas web libres, cualquier persona jurídica, empresa o gobierno que deseen implantar su explotación y los países que permitan su explotación y estén adheridos
A LOS TRATADOS DE BERNA Y CONVENIO DE MARRAKECH, deberán hacer frente a las demanda de dichos derechos de explotación, así como de los autor, por lo que deberán hacer frente mediante los canon, royalties, que en derecho y en ley procedan sobre el derecho de percepción del lucro cesante.



Por lo que como José Manuel Dux-Santoy Mesa, DNI: 36497544V,



POR TALES AFECTACIONES, ME RESERVO LOS DERECHOS DE ACCIONES LEGALES FRENTE A USTEDES ASÍ COMO DE TERCEROS, LOS QUE, DIRECTA O INDIRECTAMENTE HAN DADO A LUGAR A AFECTACIONES DE OBRAS PROTEGIDAS POR LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL.



“AVISO DE RESERVA DE ACCIONES LEGALES EN RECLAMADO DERECHOS DE TITULARIDAD Y DE DERECHOS DE AUTOR”.



“SIENDO LA PRESENTE, UNA ADVERTENCIA LEGAL A TODA PERSONA QUE OBSTENGA BENEFICIOS, WEB MASTER CREADORES DE SOFTWARE, HARDWARE, PÁGINAS WEB, Y A CUANTOS BRINDAN SOPORTE DE ACCESOS A EXPLOTACIONES DE CUALQUIER INDOLE, QUE AFECTEA MIS OBRAS, PERMITIENDO LA VULNERACIÓN DE LAS LEYES, USANDO SISTEMAS DE INFORMES GENERALES, COMPRA, VENTA A TRAVÉS DE INTERNET Y TELEFONIA MOVIL CAUSA EFECTO DE INFORMACIONES PRIVILEGIADAS Y CONSECUENCIA DE FABORES BRINDADOS POR GOBERNANTES MIEMBROS POLÍTICOS, COMO LO SON: JOSÉ MARIA AZNAR LOPEZ Y EDUARDO ZAPLANA HERNANDEZ SORO, ENTRE OTROS PERTENECIENTES EN EXCLUSIVA A TELEFONICA DE ESPAÑA. " NIDO DE DELINCUENTES DE ALTO STANDIT"



POR LO QUE EN CUALES QUIERA DE LAS FORMAS, DEBERAN OBTENER LAS LICENCIAS PERTINENTES ASÍ COMO LAS AUTORIZACIONES QUE PARTEN DE LOS TITULARES DE DERECHOS DE EXPLOTACIÓN ESTABLECIDOS EN LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL, POR LO QUE, SE SOLICITARÁ DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES Y FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, PARA QUE, POR LOS MISMOS SEAN SOLICITADOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN, AUTORIZACIONES Y LICENCIAS, DE FORMA QUE CERTIFIQUEN ESTAR OBRANDO BAJO EL AMPARO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE, DE FORMA QUE DE UNA VEZ Y POR TODAS, SEAN ESCLARECIDAS LAS TITULARIDADES QUE BRINDAN DERECHOS DE EXPLOTACIONES Y CON ELLO LA REGULARIZACIÓN DE EXPLOTACIONES LEGALES DE VALORES DE ALTO NIVEL AÑADIDO, VÍA INTERNET, INTRANET FRANQUICIADORA, Y TELEFONÍA MÓVIL EN GENERAL, PREVISTO EN OBRAS DE LAS QUE SOY TITULAR Y AUTOR.

PENTÁGONO DEL COMERCIO ELECTRONICO CON REGULADOS ACCESOS "ACCES-TARJ" COCINAS MESAS Y BARRAS MULTIFUNCIONALES TOTAL MULTIMEDIA
. ©2000 Titular y Autor/es :
DUX-SANTOY MESA, JOSE MANUEL

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TARJETA TELÉFONO "DUXIGTAS". DUX-SANTOY
. ©1997 Titular y Autor/es :
DUX-SANTOY MESA, JOSE MANUEL

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SISTEMAS INFORMATIZADOS DE LA COMUNICACIÓN
ORDENADOR INFORMATICO ALEATORIO Y
CABINAS MULTIFUNCIONALES TOTAL MULTIMADIA
. ©1997 Titular y Autor/es :
DUX-SANTOY MESA, JOSE MANUEL
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C.I.N.E.-S.I.-T.D.I. INFO-VIA. CENTRAL INMOBILIARIA NUEVA EUROPA DE SERVICIOS INFORMATIZADOS, TELEVISIÓN (…) INFO-VIA. ©1997 AUTOR: DUX-SANTOY



Obras previstas a los efectos de comercializar mediante régimen de franquicias diversos tipos de explotaciones y sistemas de digitalización de informes generales, compra, cobro y pago, a través de Internet, telefonía Móvil y fija tras la creación de páginas Web software, hardware y de plataformas que den accesos a la comercialización vía Internet, Intranet, televisión analógica y digital y a través de telefonía móvil.



Por lo que me reafirmo y ratifico en la reserva de acciones legales en reclamados daños y perjuicios, con la reserva de acciones civiles, penales y mercantiles, así como de la solicitud de medidas cautelares previstas, que en derecho puedan proceder en las establecidas Leyes Nacionales, Europeas, así como ante LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.

“LOS PROS Y CONTRAS DE LAS LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL”


EL DERECHO DE EXPOSICIÓN PÚBLICA DE QUIEN TIENE LA PROPIEDAD DEL SOPORTE A QUE SE HAYA INCORPORADO LA OBRA.


Art.-) 2 TRLPI, destaca con claridad que la Propiedad Intelectual está integrada por derechos de carácter personal y de derechos de carácter patrimonial, y atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra, sin más limitaciones que las establecidas en la Ley. En este sentido lo que es objeto de la Propiedad Intelectual son todas la creaciones originales, literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, comprendiéndose entre ellas todas las enumeradas en el art. 10 TRLPI. Como se ha destacado, lo que asigna la condición de autor o la titularidad originaria de la Propiedad Intelectual, de acuerdo con el art. 1 TRLPI, es la creación de esa obra, frente a la condición de titular secundario o derivativo que, en su caso, ostentarán los cesionarios o causahabientes del autor.

En cuanto a esos otros derechos de la Propiedad Intelectual a los que se suele aludir con el nombre de derechos conexos, afines, vecinos o derivados, el legislador incluye los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes (art.105 a 113), los correspondientes a los productores de fonogramas (art. 114 a 119) y a los productores de grabaciones audiovisuales (art. 120 a 125), los derechos de las entidades de radiodifusión. Art.(126 y 127) la protección de las meras fotografías (art.128) y la protección de determinadas producciones editoriales (art.129 y 130).



EL DERECHO DE EXPOSICIÓN PÚBLICA DE QUIEN TIENE LA PROPIEDAD DEL SOPORTE A QUE SE HAYA INCORPORADO LA OBRA.

La propiedad del soporte a que se a incorporado la obra no puede ser objeto de Hipoteca mobiliaria tanto cuanto no es un derecho de propiedad intelectual.

El art. 56.1TRLPI, establece claramente que el adquirente de la propiedad del soporte a que se haya incorporado la obra no tendrá, por este solo título, ningún derecho de explotación sobre la misma. Con ello se pretende aclarar que para la adquisición de los derechos de explotación de una creación intelectual, no basta a que se haya incorporado.

Por ello, quien adquiera solamente el soporte, aunque sea en una enajenación forzosa, solamente adquiere la propiedad del ejemplar, la propiedad de una cosa material.

El precepto aclara que los derechos de explotación se adquieren con independencia del soporte, a través de un título especifico de adquisición. Así, aunque quien transmita el soporte sea el propio autor, tal transmisión no conlleva sin más la de los derechos de explotación de la obra, ver artículos. 3.-) 20.2.h.-),- 56.2.-) TRLPI,


Considerando de digno proceder el derecho de defensa de mis intereses frente a terceros apropiadores de derechos que no les son propios, mantengo la información de cuanto considero debe de ser de opinión pública, dado el estado de corrupción tecnológica que parte del seno de los correspondientes Ministerios y Conserjerías Autónomas con competencias en materias de protección y desarrollo de sistemas que afectan derechos de explotación, así como de las entidades bancarias que niegan estados crediticios previstos en Leyes hipotecarias y tras su negación emprenden entramados de actuaciones improcedentes de connivencia societaria, pudiendo ser dichas actuaciones constitutivas de delito previsto y penado en Códigos y Leyes de Enjuiciamiento Criminal, Civiles y Mercantiles





José Manuel Dux-Santoy Mesa
DNI: 36497544-V


“TITULARES Y AUTORES DEL MUNDO”

José Manuel Dux-Santoy Mesa

DNI: 36497544-V

Tel: 666101072 – 648146748- 657331770

E-mail: dux-santoy@paellalandia.com

Josemanueldux-santoy@dux-santoy.info





ILUSTRE SR. DIRECTOR GENERAL DE LA OMPI



PARA



DONDE PROCEDA ESTA DENUNCIA





Cuanto a posterior expuesto, es una somera exposición de contenido escrito que, considero pertinente hacer prevalecer ante Vd, dadas las normas por las que se han de regir ustedes, frente al ICANN, Comisión para Asignación de nombres,

dadas las competencias del mismo en materia de registro de dominios y por ello, ante dicho organismo me reservo las acciones legales a emprender, por lo que daré publicación a cuantos efectos sirvan de digna defensa en beneficio de nuestras sociedades de forma que, sea escuchada la voz de los ciudadanos mal administrados y por lo que os faculto para hacer presentación a donde bien consideréis, si así es oportuno proceder..



En primer lugar, deseo comunicar que, los registros de dominio.mobi, solicitados por mi persona, paellalandia.mobi y planetamovilinmobiliario.mobi, verdaderamente defenderé dichos registros y otros entorpecidos, contra todos y cuantos con, abuso de poder, se extralimitan en sus funciones vulnerando y contraviniendo las Leyes de Propiedad Intelectual

y otros ciudadanos, poniendo en grave situación los derechos de bien interés general, bajo imperfecciones reguladoras que chocan ostensiblemente a Leyes, normas y reglamentos, a través de los cuales se priman derechos sobre el asociacionamiento empresarial y de personas que componen sociedades capitalistas, obstruyendo Leyes y derechos civiles, mercantiles y de dignos registros libres, pero no, los que, obstaculicen filosofías previstas e inscritas en Registros de Propiedad Intelectual, Patentes y Marcas ya establecidas, ni otros que por sus condiciones de registro, ya han sido debidamente registradas y protegidas.



Por lo que no es de Ley de justicia ni de recibo, proceder de forma deshonesta, arbitraria, negligente, prevaricadora y de cohecho, contraria a principios de Leyes, tras modificaciones y ampliaciones de registros, que facultan y brindan inscripciones las que en su practica son distorsionadoras de derechos ya protegidos, dándoles amparo y cobertura legal improcedente, tras la distorsión en inserción de una sigla o de unas letras tras un punto referente.



Por lo que firmemente me opongo dentro del derecho que me asiste como ciudadano, frente a la trama distorsionadora promovida por una serie de asociaciones fabricantes y de empresas de las telecomunicaciones, las que por más indicación contravienen y vulneran las Leyes de Propiedad Intelectual.



Los principios comienzan por un pensamiento (idea) y se le da cuerpo y protección legal mediante una inscripción, por lo que, sí la palabra, sigla o letra es novedosa e inventiva debidamente registrada por primera vez y no afecta a un registro de terceros, dicha palabra o su conjunto de letras, son de propiedad de su ideólogo pensador siempre que el mismo lo haya registrado, no siendo de Ley permitir la distorsión de forma que se hagan merecedores de los mismos terceros que abusando del poder capital y de compras de voluntades gubernamentales y funcionariales, hagan prevalecer por encima de la Ley unas distorsiones que están prevista y penadas en códigos penales de establecidas Leyes.



¿Si un Registro de cosa novedosa? es de considerar en dar aplicación en su justa medida, jamás deberá afectar a otros anteriores registros protegidos,



Si la falta de existencia de una marca sobre una palabra, conjunto de letras, crea una frase novedosa inventiva registrándola debidamente en Registros de Propiedad Intelectual dichos derechos en cualesquiera de las formas que se aplique recaerían sobre los derechos de la misma, por consiguiente, debe de primar por encima de intereses o de otras dichas frases compuestas.



Por lo que me reitero, reafirmo y ratifico, reservándome los derechos de acciones legales en reclamados daños y perjuicios, contra los promotores de los que se dará cuenta a los efectos procedentes ante el ICANN, ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, SECRETARÍA DE ESTADO DE TELECOMUNICACIONES PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN, SERVICIO DE DEFENSA DE LA COOMPETENCIA, MINISTERIO DE INDUSTRIA CIENCIA Y TECNOLOGÍA, MINISTERIO DEL INTERIOR Y MINISTERIO DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS, de la más firme oposición de la aplicación del nuevo dominio.mobi, promovido por Asociaciones de fabricantes y operadores de telefonías móviles, las que actuando prepotentemente por el abuso del poder capital, es obstructora y vulneradora de derechos de explotación y de los de autor, tras apropiaciones indebidas de filosofías de valores añadidos, los que son compartidos con Bancos y Cajas de Ahorros y otros entramados financieros, Compañías de TV y otros organizadores de sorteos y concursos que, hacen entorpecer los dignos proyectos solidarios que pudieran brindar solidaridad humana y social compensatoria de gran calado Internacional.



Por todo cuanto expuesto, considero de que esta parte, no tiene por qué presentar ninguna Marca registrada en fechas anteriores para obtener un dominio, mobi, sino que a tenor de los Registros de Propiedad Intelectual sobre las filosofías que dimanan seguir manteniendo el espíritu emprendedor y de la originalidad e ingenio paulatinamente paso a paso promover acciones de protecciones para el presente y futuro a registrar en dominios, por lo que, no es digno ni de recibo que el ciudadano emprendedor, deba sufrir mas aprietes de los ya impuestos por los sistemas capitalistas improcedentes, al tener que presentar Marcas cuando ello afecta a los principios de creación de empresa y refortalece al monstruo represor sanguinario monopolista disfrazado de oligopolio el que, en muchos casos, un 80 % son dirigidos por hombres paja y testaferros del sistema.



Ya está bien, de tanta trama corrupta, especulativa e indigna, cernida contra las sociedades nobles de principios, los que pagan las consecuencias de la tirana forma emprendida con permisividad gubernamental.



Sirva mi escrito como la más enérgica repulsa contra las promovidas acciones, que coartan y dificultan los accesos dignos y libres, y mi grito de digna libertad sin perjuicios para terceros que por su creatividad e ingenio tienen derechos protegidos para dar culminaciones exitosas en sus futuras vías de desarrollos hacia una Industrialización y comercialización de sus previstos valores añadidos y derechos de explotación y posteriores protecciones vía Patentes y Marcas.



Por lo que de proseguir de forma tan indigna distocionadora en mi nombre, como José Manuel Dux-Santoy Mesa, DNI: 36497544-V, vuelvo a ratificarme y reiterarme de que, si debe de dar a lugar, presentaré las demandas correspondientes ante los Tribunales de forma que haré llevar los Tribunales a los Tribunales en virtud de asentadas leyes que no se hacen cumplir como en derecho y Ley procede.



Autor Intelectual a todos los efectos que bien se desee hacer referencia a los mismos



España José Manuel Dux-Santoy

DNI: 36497544-V


"LLAMAMIENTO A LA UNION DE TITULARES Y AUTORES DESPROTEGIDOS Y DISCRIMINADOS"

Nos debemos de unir en lucha por nuestros derechos, contra las tramas orquestadas del TRIANGULO MALDITO “CAPITALISTAS POLÍTICOS Y MAFIAS”con permisividad de las propias Administraciones, causantes provocadores de las acciones criminales que contra los autores y titulares de derechos se cierne, de forma que, las explotaciones de los derechos previstos en Leyes no salgan desde la supervisión de de los autores, sino del entramado del capital bancario y subvencionado puesto en manos de estómagos agradecidos para que ronde siempre en su entorno, quedando por tanto obstruidos los derechos de los autores y titulares de los mismos, los que son obstruidos tras la máscara maquillada de bondades aparentes, bajo alardeos prepotentes de bien interés general, cuando en definitivas son desviados los grandes capitales a trasfondos dirigidos desde Fundaciones que sotierran y encubren grandes crímenes contra la humanidad, dificultando con ello los accesos a los capitales y fomentando con ello el paro y la miseria y a su postre monopolios encubiertos que hacen de trampolines a tramas especuladoras que crean círculos de apropiaciones indebidas,.

La S.G.A.E, esta dando licencias (autorizaciones) a novedosas Empresas constituidas por Ingenieros, Informáticos, electrónicos e industriales, Web Master y otros que afectan a Titulares y Autores los que tras la creación de Plataformas o sistemas explotan e implantan indebida e ilegalmente, novedosas tecnologías, que dan aplicación de valores añadidos previstos en obras de autores y de titulares, los que están siendo, repito, afectados en sus derechos con la permisividad de Titulares de Consellería de Sanidad, Director General de Recursos Económicos, Área Jurídica, Subsecretario de Recurso de Sanidad, siendo este, miembro de altos cargos de Cultura, Jefe de Sección de Contratos del Servicio de Aprovisionamiento, Jefe de Área Informática Telecomunicaciones y Organización, en si, una trama orquestada por miembros activos que con sus actuaciones están dando a lugar a acciones delictivas y ello en grado de premeditación y prevaricación, dado ello al haber sido advertidos de la Propiedad Intelectual de Obra Protegida por Leyes de Propiedad Intelectual que afecta a derechos y Titularidad y de los de autor.

José Manuel Dux-Santoy Mesa
DNI: 36497544-V
 
José Manuel Dux-Santoy Mesa
TITULAR Y AUTOR DE OBRAS PROTEGIDAS
DNI: 36497544-V
Avda. de Vilella nº 33.-3º.-6ª
46410 Sueca Valencia España
EUROPA
TEL: 666101072 648146748
E-mail: dux-santoy@paellalandia.com
http://www.paellalandia.com

INMOFACTORY, INMOBASE SOLUCIONES S.L, y Otros...


A/A:
PRESIDENTE DEL CONSEJO, CONSEJEROS Y ADMINISTRADOR GERENTE INMOBASE SOLUCIONES.S.L INMOFACTORY S.L INMOBOLSA.

SOCIOS o USUARIOS INMOBILIARIOS

A LOS QUE SE LES SOLICITARÁ LAS LICENCIAS DE EXPLOTACIÓN Y AUTORIZACIONES PERTINENTES DE TITULARES Y AUTORES A EFECTOS DE QUE POR LOS MISMO Y A REQUERIMIENTO JUDICIAL, SEAN PRESENTADAS ANTE LOS TRIBUNALES COMPETENTES, DE FORMA QUE, DEMUESTREN OBTENER MEJOR TITULO PARA LA EXPLOTACIÓN Y DIVULGACIÓN VIA INTERNET SE SERVICIOS INMOBILIARIOS INFORMATIZADOS, DE FORMA QUE NO, AFECTEN A DERECHOS PROTEGIDOS POR LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL,
SIENDO ENTRE LOS SUPUESTOS POR EL MOMENTO LOS QUE ESTA PARTE CONSIDERA QUE AFECTAN A OBRA PROTEGIDA, LOS SIGUIENTES.

Fotocasa.es Portal Inmobiliario con cobertura en toda España.

Urbaniza.com Portal Inmobiliario para particulares y profesionales

Aegai.com Asociación Europea de Gestores Administradores Inmobiliarios.

Grupasa, Expofinques, Atis Real, KUTXA, EXA, FERRANT, TELE INMOBILIARIA, ERA, ÁNBIT, ASOCIACIÓN INTERMEDIARIOS DE FINCAS, INMOBILIARIA NOU AIRE, IBS INMO BAN, GIPUZKOARED API, LLARS NET, AEPI, BUSQUETS GALVEZ, ALENGLOBE, GRUPO EXIN10

PARA CONOCIMIENTO PUBLICO Y DE CUANTOS PROMUEBEN ACCIONES QUE AFECTAN FILOSOFÍAS CON TITULARIDAD DE DERECHO PROTEGIDOS Y DE LOS DE AUTOR..


COMUNICADO A COLEGIADOS, SOCIOS Y PROPIETARIOS EXPLOTADORES DE DOMINIOS DE INTERNET, INTRANET EXTRANET Y DE TELECOMUNICACIONES MÓVILES Y FIJAS, INMOBILIARIOS, FUNERARIOS, FABRICANTES DE MÁQUINAS DE TABACO, WEB MASTER, CREADORES DE
SOFTWARE, HARDWARE, EMPRESARIOS, PROPIETARIOS BANQUEROS, PRESIDENTES Y CONSEJEROS DE BANCOS,

CAJAS DE AHORROS ESPAÑOLES Y EUROPEOS Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, A CUANTOS EN GENERAL, AFECTAN OBRAS PROTEGIDAS POR LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL.

COMO AUTOR

PROPONE:


A los efectos de ser dignos colaboradores
Futuros, para explotación de de valores añadidos previstos en obras protegidas por Leyes de Propiedad Intelectual, los que serán explotados a través de los dominios a posterior expuestos,



www.planetainmobiliario.com
www.planetamovilinmobiliario.com
www.concursomovilinmobiliario.com
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y otros.....





NOTIFICACIÓN DE RESERVA DE ACCIONES LEGALES EN RECLAMADOS DERECHOS DE TITULARIDAD Y DE LOS DE AUTOR



Por lo que, brindo la oportunidad de regularizarse, a cuantos explotan ilegalmente valores añadidos de publicaciones a los efectos de captación de clientes, a los efectos de alquiler, compra ventas de inmuebles a través de Internet TV y de telecomunicaciones móviles, bien a través de telefonía móvil PDA, mediante mensajes y correo electrónico, afectando con ello derechos previstos en obras protegidas, de esta forma pudieran ser tan digna y favorablemente para ustedes como para mí, ya que boy a emprender acciones de reservas legales en reclamados derechos de titularidad y de los de autor. y como prueba, le remito el comunicado que estoy haciendo llegar a todos cuantos implicados en la trama que afecta a derechos previstos en Leyes de Propiedad Intelectual.







Muy Sres. Míos;



Ante todo un cordial saludo



LOS CREADORES DE SOFTWARE, HARDWARE Y PAGINAS WEB QUE ESTAN SIENDO EXPLOTADAS VÍA INTERNET, INTRANET FRANQUICIAS, ASÍ COMO LOS QUE DAN SOPORTE Y PERCIVEN BENEFICIOS, Y OTROS DEBEN DE CONTAR CON LA AUTORIZACIÓN DEL TITULAR DE DERECHOS DE EXPLOTACIÓN Y DE LOS DE AUTOR, DE LO CONTRARIO ESTAN INCUMPLIENDO LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL.



ADVERTENCIA: A WEB MASTER CREADORES DE SOFTWARE, HARDWARE, WEB, PORTALES INMOBILIARIOS, ADMINISTRADORES Y GESTORES INMOBILIARIOS, API Y OTROS LOS QUE DIRECTA E INDIRECTAMENTE REALIZAN GESTIONES INMOBILIARIAS USANDO SISTEMAS DE COMPRA, VENTA ALQUILER A TRAVÉS DE INTERNET, TELEFONIA MOVIL, PDA. U OTRAS PREVISTAS EN OBRAS PROTEGIDAS POR LEYES, DEBERAN OBTENER LAS AUTORIZACIONES POR ESCRITO, ASI COMO LAS LICENCIAS PERTINENTES DE LOS TITULARES DE DERECHOS ESTABLECIDOS EN LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL.



Sres. Ante todo debemos de tratar de no confundir la TITULARIDAD DE PROPIEDAD INTELECTUAL, CON EL DERECHO DE AUTOR.



El Autor tiene unos derechos inscritos y reconocidos, sobre la filosofía de sus obras, los que bajo ningún concepto pueden ser apropiados, por lo qué, a la hora de realizar un SOFTWARE, HARDWARE O UNA PÁGINA WEB, dar soporte, permitiendo la vulneración de las establecidas Leyes de Propiedad Intelectual, sin que para ello, halla solicitado derechos de explotación, o otras certificaciones que justifiquen de por si las acciones emprendidas o a emprender, puede dar a lugar a acciones Judiciales e investigaciones de oficio a propuesta del solicitante.



Por lo que, al hacer uso y publicación mediante soportes dando destino y visión generalizada en cuales quiera de las formas a cualquier proyección, divulgación, o explotación, indiscutiblemente deberá ser con la aprobación del que goza de tales Derechos y titular de los mismos.



POR LO QUE ESTA PARTE CONSIDERA, QUE PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS O OTROS, LLAMESE SOFTWARE HARDWARE, PÁGINAS WEB CON RESULTADOS DE EXPLOTACIÓN Y DE LUCRO, HABRA DE CONTAR CON EL CONSENTIMIENTO ESCRITO DE DICHOS AUTORES, DE LO CONTRARIO SE ATENTARÁ A DICHAS OBRAS PROTEGIDAS, Y SI EN VERDAD SE DESEA IMPLANTAR EL SOFTWARE, HARDWARE O PÁGINAS WEB LIBRES, CUALQUIER PERSONA JURÍDICA, EMPRESA O GOBIERNO QUE DESEEN IMPLANTAR SU EXPLOTACIÓN Y LOS PAISES QUE PERMITAN SU EXPLOTACIÓN y ESTEN ADHERIDOS A LOS TRATADOS DE BERNA, DEBERAN HACER FRENTE A LAS DEMANDA DE DICHOS DERECHOS DE TITULARIDAD, ASÍ COMO DE LOS AUTOR, POR LO QUE DEBERÁN HACER FRENTE MEDIANTE LOS CANON, ROYALTIES, QUE EN DERECHO Y EN LEY PROCEDAN.



Por lo que como José Manuel Dux-Santoy Mesa, DNI: 36497544V,



ME RESERVO LOS DERECHOS DE ACCIONES LEGALES FRENTE A USTEDES ASÍ COMO DE TERCEROS, LOS QUE, DIRECTA O INDIRECTAMENTE HAN DADO A LUGAR A AFECTACIONES DE OBRAS PROTEGIDAS POR LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL.



“AVISO DE RESERVA DE ACCIONES LEGALES EN RECLAMADO DERECHOS DE TITULARIDAD Y DE DERECHOS DE AUTOR”.



“SIENDO LA PRESENTE, UNA ADVERTENCIA LEGAL A TODA PERSONA QUE OBSTENGA BENEFICIOS, WEB MASTER CREADORES DE SOFTWARE, HARDWARE, PÁGINAS WEB, Y A CUANTOS BRINDAN SOPORTE DE ACCESOS A EXPLOTACIONES INMOBILIARIAS PERMITIENDO LA VULNERACIÓN DE LAS LEYES, ADMINISTRADORES Y GESTORES INMOBILIARIOS, API Y OTROS LOS QUE DIRECTA E INDIRECTAMENTE REALIZAN GESTIONES INMOBILIARIAS USANDO SISTEMAS DE COMPRA, VENTA Y ALQUILER A TRAVÉS DE INTERNET, TELEFONIA MOVIL, PDA”.



POR LO QUE EN CUALES QUIERA DE LAS FORMAS, DEBERAN OBTENER LAS LICENCIAS PERTINENTES ASÍ COMO LAS AUTORIZACIONES DE LOS TITULARES DE DERECHOS ESTABLECIDOS EN LEYES DE PROPIEDAD INTELECTUAL, POR LO QUE SE SOLICITARÁ DE LOS TRIBUNALES COMPETENTES Y FUERZAS DE SEGURIDAD DEL ESTADO, PARA QUE, POR LOS MISMOS SEAN SOLICITADOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓN, AUTORIZACIONES Y LICENCIAS, DE FORMA QUE CERTIFIQUEN ESTAR OBRANDO BAJO EL AMPARO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE, DE FORMA QUE DE UNA VEZ Y POR TODAS, SEAN ESCLARECIDAS LAS TITULARIDADES QUE BRINDAN DERECHOS DE EXPLOTACIONES Y CON ELLO LA REGULARIZACIÓN DE EXPLOTACIONES LEGALES DE VALORES DE ALTO NIVEL AÑADIDO, VÍA INTERNET, INTRANET FRANQUICIADORA, Y TELEFONÍA MÓVIL EN GENERAL, PREVISTO EN OBRAS DE LAS QUE SOY TITULAR Y AUTOR.



TARJETA TELÉFONO "DUXIGTAS". DUX-SANTOY
. ©1997 Titular y Autor/es :
DUX-SANTOY MESA, JOSE MANUEL



ORDENADOR INFORMATICO ALEATORIO Y

CABINAS MULTIFUNCIONALES TOTAL MULTIMADIA
. ©1997 Titular y Autor/es :
DUX-SANTOY MESA, JOSE MANUEL



C.I.N.E.-S.I.-T.D.I. INFO-VIA. CENTRAL INMOBILIARIA NUEVA EUROPA DE SERVICIOS INFORMATIZADOS, TELEVISIÓN (…) INFO-VIA. ©1997 AUTOR: DUX-SANTOY



Obras previstas a los efectos de comercializar mediante régimen de franquicias diversos tipos de explotaciones y sistemas inmobiliarios, tras la creación de páginas Web software, hardware y de plataformas que den accesos a la comercialización vía Internet, Intranet, televisión analógica y digital y a través de telefonía móvil.



Por lo que me reafirmo y ratifico en la reserva de acciones legales en reclamados daños y perjuicios, con la reserva de acciones civiles, penales y mercantiles, así como de la solicitud de medidas cautelares previstas, que en derecho puedan proceder en las establecidas Leyes Nacionales, Europeas, así como ante LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL.



José M. Dux-Santoy Mesa






Si deseas apoyar a los autores y titulares de derechos de explotación escribenos.
Quien se considere con mejores derechos de autor o titular de derechos de explotación sobre filosofías cormerciales inmobiliarias a través de Internet, Televisión Digital o analógica telefonía móvil o PDA. Puede dejar su comentario e identificación de su (C)
 

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